Culminó Primer Ciclo de Conferencias de Derecho Civil

Con una ponencia interdisciplinaria de derecho, que reunió a los académicos Manuel Barría de la Universidad de Concepción, Carlos Cabezas y Enrique Letelier de la Universidad de Antofagasta, culmino el primer ciclo de conferencias organizado por el grupo de investigación “Quaestio iuris”

Con una inédita ponencia interdisciplinaria, titulada “Aspectos jurídicos de la muerte en el ámbito civil, procesal y penal”, finalizó el primer Ciclo de Conferencias de derecho civil, organizado el grupo de investigación en derecho civil “Quaestio Iuris”.

La actividad, poco habitual en materia jurídica, reunió a los académicos Carlos Cabezas y Enrique Letelier, de la Facultad de Ciencias Jurídicas de la UA, y al profesor de derecho civil de la Universidad de Concepción, Manuel Barría.

El académico de derecho penal de la UA, Carlos Cabezas, expuso sobre la muerte como un mecanismo de extinción de la responsabilidad criminal, “parece un tema muy breve, pero en verdad puede generar unos problemas que son interesantes de plantear”, sostuvo.

Por su parte, el profesor de derecho procesal de la UA, Enrique Letelier, expuso sobre los efectos de la muerte en el proceso civil y penal, centrando las explicaciones en la investigación de los delitos en que hay una víctima muerte y delitos asociados, “destacar, dada la gran importancia para casos en que hay dudas de la data, lugar y otras circunstancias de la muerte, el uso de la entomología forense, que estudia la fauna cadavérica y de la que se puede extraer información para investigar el delito y finalmente, presentarla a juicio”, afirmó.

Finalmente, Manuel Barría, académico de derecho civil de la Universidad de Concepción, analizó el principio de la continuidad de la persona del causante, específicamente en las obligaciones que ha contraído antes de la muerte, “quien va a responder de los perjuicuis que en caso de un hecho ilícito a su fallecimiento se produjeron, y por otra parte, qué pasa si acaso la persona fallecida es la víctima, que es más relevante, si los herederos pueden o no demandar la indemnización de perjuicio que se le pudo haber causado a la víctima”, fueron algunas de las interrogantes que planteó.

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sebastian.andrade@uantof.cl

<p>Periodista</p>

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